🏪 Local Comercial · Arrendamiento · México 🇲🇽

Tu inquilino te paga $20,000.
El SAT espera $23,200.
Los $3,200 de IVA son obligatorios.

El arrendamiento de locales comerciales causa IVA del 16% siempre. Y si tu inquilino es empresa, también te retienen ISR e IVA. Contabilidad para locales comerciales: cobramos el IVA correcto, acreditamos tus retenciones y presentamos tu DIOT mensual. Sin multas, sin sorpresas.

✅ IVA cobrado y enterado automáticamente ✅ Retenciones de inquilinos acreditadas ✅ DIOT mensual sin fallas
⚠️ Lo que debes entender primero

La fiscalidad de rentar un local comercial es la más compleja del arrendamiento

Y la que más multas genera cuando no se lleva correctamente.

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El IVA que no cobras, lo pagas tú

Si rentas tu local en $20,000 y no cobras los $3,200 de IVA, el SAT igualmente te los cobra. El IVA es del arrendador, no del inquilino — tú eres el responsable de recaudarlo y enterarlo. Si no lo cobras, la pérdida es tuya.

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Tu inquilino empresa te retiene por dos lados

Si tu inquilino es persona moral (empresa), está obligado a retenerte ISR (10%) e IVA (2/3 partes = 10.67%). En una renta de $20,000: te depositan $15,867 en lugar de $23,200. Los $7,333 restantes son retenciones que debes acreditar o el SAT te los cobra de nuevo.

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El DIOT: la obligación que casi nadie conoce

Como arrendador de local que causa IVA, debes presentar el DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros) cada mes antes del día 17. No presentarlo genera multas automáticas que el SAT aplica sin avisar.

🏗️

Las mejoras del inquilino: ¿son ingresos tuyos?

El inquilino remodeló tu local e instaló aires acondicionados. Al término del contrato, esas mejoras quedan en el inmueble. El SAT puede considerar esas mejoras como un ingreso accesorio de arrendamiento. ¿Las estás declarando?

📝

El contrato mal redactado que genera problemas

Un contrato sin cláusula de IVA, sin mención del RFC de ambas partes o sin especificación del uso del inmueble puede ser usado por el SAT para cuestionar el tipo de arrendamiento y la aplicación correcta del IVA.

📉

Múltiples locales: ¿cuándo pierdes RESICO?

Si tienes varios locales y tus ingresos anuales superan $3.5 millones, sales de RESICO. Dado que el IVA también se vuelve más complejo a mayor escala, muchos arrendadores de varios locales necesitan migrar al régimen de Arrendamiento tradicional.

🔢 Ejemplo real

Así funciona la renta de local comercial cuando tu inquilino es empresa

Renta pactada: $20,000 MXN/mes

Renta base pactada $20,000
+ IVA 16% que debes cobrar + $3,200
= Total facturado al inquilino $23,200
— Retención ISR 10% (que hace el inquilino empresa) - $2,000
— Retención IVA 2/3 partes (que hace el inquilino empresa) - $2,133
= Lo que te depositan en banco $19,067
Tu obligación SAT — IVA a enterar (neto) $3,200 - $2,133 = $1,067
Retención ISR acreditable en declaración mensual $2,000

¿Ves la complejidad? Sin llevar bien las retenciones, podrías pagar el IVA y el ISR completos cuando en realidad el inquilino ya los retuvo parcialmente. EstoyTranqui concilia este flujo automáticamente cada mes.

💰 Tus deducciones

Gastos deducibles para arrendadores de local comercial

En el régimen de Arrendamiento puedes elegir deducción ciega (35%) o gastos reales. En local comercial, los gastos reales casi siempre convienen más.

🏢

Gastos del inmueble

  • Mantenimiento y reparaciones con CFDI
  • Predial anual (deducible 100%)
  • Seguro de daños del inmueble
  • Honorarios del administrador de inmuebles
  • Servicios de limpieza de áreas comunes
  • Portería o vigilancia (proporcional)
⚒️

Mejoras e inversiones

  • Depreciación de la construcción (5% anual)
  • Instalaciones fijas (plomería, electricidad)
  • Sistemas de seguridad y CCTV
  • Pintura y mantenimiento de fachada
  • Impermeabilización y techados
  • Mobiliario de áreas comunes
⚖️

Gastos legales y administrativos

  • Honorarios de abogado para contratos
  • Notario en firma de arrendamiento
  • Software de administración de rentas
  • Cobros de deuda con inquilino moroso
  • Cuentas bancarias para rentas
  • Contador (¡como EstoyTranqui!)
🔧

Instalaciones y servicios

  • Agua en áreas comunes (si la pagas tú)
  • Electricidad de áreas comunes
  • Internet para zonas de servicio
  • Mantenimiento de elevadores (si aplica)
  • Jardinería y áreas verdes
  • Recolección de basura y limpieza
❓ Preguntas frecuentes

Preguntas de arrendadores de local comercial

¿La renta de un local comercial causa IVA del 16%?+

Sí, siempre. El arrendamiento de locales comerciales, bodegas, oficinas y cualquier inmueble destinado a actividad comercial o industrial causa IVA del 16%. Debes cobrar este IVA a tu inquilino y enterarlo al SAT el día 17 de cada mes. Si no lo cobras, el SAT igualmente te lo exigirá a ti.

¿Qué es la retención de IVA e ISR que hace el inquilino empresa?+

Cuando el inquilino es persona moral, la ley lo obliga a retenerte el 10% de ISR y 2/3 partes del IVA sobre la renta. Esto significa que te depositan menos de lo facturado. Esas retenciones no son gastos tuyos — son retenciones que acreditas en tus declaraciones de ISR e IVA del mes.

¿Qué es el DIOT y por qué debo presentarlo como arrendador?+

El DIOT es una declaración informativa mensual donde reportas tus operaciones de IVA al SAT. Como arrendador de local que causa IVA, debes presentarlo antes del día 17 de cada mes. No presentarlo genera multas automáticas de entre $2,500 y $25,000 MXN según la infracción. EstoyTranqui lo presenta automáticamente junto con tu declaración de IVA.

¿Las mejoras que hace el inquilino en mi local son ingresos para mí?+

Cuando el contrato establece que las mejoras quedan en beneficio del arrendador al término del contrato, el SAT puede considerarlas un ingreso accesorio de arrendamiento. Para determinar si generan un ingreso acumulable y en qué momento, depende de la redacción del contrato. EstoyTranqui revisa tu contrato y te asesora sobre el tratamiento correcto.

¿Puedo deducir el predial de mi local comercial?+

Sí, el predial del local comercial es deducible como gasto del inmueble en el régimen de Arrendamiento. También son deducibles el mantenimiento, las reparaciones con CFDI y la depreciación de la construcción (5% anual sobre el valor de construcción, no del terreno). EstoyTranqui aplica todas estas deducciones para reducir al máximo tu ISR.

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