Calculadora ISR 2025-2026 — RESICO, Actividades Empresariales y Personas Morales
💡 RESICO: tasa directa
Aplica la tasa directa sobre tus ingresos del mes sin deducciones. El mismo cálculo cada mes. Art. 113-E LISR.
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¿Cómo se calcula el ISR en cada régimen?
RESICO (personas físicas): El ISR se calcula aplicando una tasa directa sobre los ingresos del mes sin IVA y sin deducciones. La tasa va del 1% al 2.5% según el nivel de ingresos mensual (Art. 113-E LISR). El cálculo es igual cada mes: ingresos × tasa.
Actividades Empresariales y Profesionales: El pago provisional es acumulado (Art. 106 LISR): se suman los ingresos desde enero hasta el mes que se declara, se restan las deducciones autorizadas (gastos con CFDI) y se aplica la tarifa progresiva multiplicada por el número de meses. Al ISR acumulado resultante se restan los pagos provisionales ya enterados meses anteriores.
General de Ley Personas Morales: El ISR se calcula a una tasa fija del 30% sobre la utilidad fiscal del periodo (Art. 9 LISR). Los pagos provisionales se determinan usando el coeficiente de utilidad del ejercicio inmediato anterior multiplicado por los ingresos nominales del mes.
Las tablas para 2025 se basan en el Art. 96 LISR y el Anexo 8 de la RMF 2025. Para 2026, se usa el Anexo 8 de la RMF 2026 publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2025.
Preguntas frecuentes
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