Tu paciente firma una tarjeta de débito autorizada para el cargo trimestral de $800 MXN por mantenimiento. ¿Cuándo lo declaras? ¿Al firmar el acuerdo o cuando el cargo se ejecuta? La respuesta correcta evita problemas con el SAT en tu declaración anual.
Bio-Oss, Geistlich Bio-Gide, o membrana de colágeno a $6,000 MXN el paquete. ¿Cuándo se deduce? ¿Al comprarlo o al usarlo? ¿Qué clave de producto SAT debe llevar el CFDI del distribuidor? La mayoría de los contadores no saben esta respuesta.
Alargamiento de corona, injerto de tejido conectivo, cirugía de sonrisa gingival. Son procedimientos cosméticos, no estrictamente médicos. ¿Están exentos de IVA como los servicios médicos? La respuesta del SAT es ambigua y aplicarla mal puede costarte mucho.
El implantólogo te manda sus pacientes para la fase periodontal y de mantenimiento. Ese ingreso lo cobras directamente al paciente. ¿Tienes el CFDI emitido correctamente? ¿O los cobros en efectivo sin respaldo que el SAT puede cuestionar?
Un láser Nd:YAG o de diodo para tratamiento periodontal puede costar $120,000 MXN. ¿Lo depreciaste como activo fijo? ¿Usaste la tasa correcta (10% anual para equipo médico)? Muchos periodoncistas tienen el equipo sin haberlo registrado jamás.
En un mes puedes tener ingresos de tratamientos activos (raspado y alisado radicular, cirugía) y de mantenimientos. Son ingresos con naturaleza diferente y algunos contadores los mezclan mal en las declaraciones.
Los mantenimientos se declaran en el periodo en que son efectivamente cobrados. Si tienes un sistema de cobro automático mensual o trimestral, el ingreso se acumula en la fecha en que el pago se ejecuta. Si el paciente paga al llegar a la cita, se acumula ese día. Debes emitir CFDI en cada cobro, incluso si son cantidades pequeñas.
Los servicios de medicina y odontología están exentos de IVA según la LIVA. Sin embargo, el SAT ha mantenido criterios ambiguos sobre procedimientos estrictamente cosméticos sin indicación médica. EstoyTranqui te asesora sobre el tratamiento correcto según la naturaleza de cada procedimiento que realizas.
Los materiales de regeneración ósea se deducen como gasto de operación en el momento en que se utilizan (se colocan en el paciente), no necesariamente cuando se compran. Si llevas inventario de estos materiales, se controlan como inventario y el gasto se reconoce al momento de la cirugía. EstoyTranqui implementa este control.
Sí, el láser es un activo fijo que se deprecia al 10% anual (tasa para equipo médico). Un láser de $120,000 MXN genera $12,000 en deducciones anuales. Si lo compraste a crédito, también deduces los intereses. Muchos periodoncistas nunca registran su láser como activo, perdiendo esta deducción año tras año.
Con ingresos mixtos (tratamientos activos + mantenimientos), RESICO funciona bien si no superas $3.5M/año. Si tienes equipo caro (láser, ultrasonido piezoeléctrico) que puedes deducir, Actividades Profesionales puede convenir más. Hacemos el análisis de tu caso sin costo y te damos la recomendación concreta.
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